DETENCIÓN, ENGRILLETAMIENTO Y PROTOCOLOS DE ACTUACIÓN
La historia de los grilletes y esposas es tan antigua como la necesidad humana de controlar y restringir a otros, ya sea por razones de seguridad, castigo o esclavitud.













Los primeros métodos de contención probablemente involucraron cuerdas, lianas o fibras naturales para atar a los prisioneros. A medida que las civilizaciones avanzaron y desarrollaron la metalurgia, los materiales cambiaron.
Las civilizaciones como la asiria y la babilónica ya utilizaban cadenas y grilletes de metal para los prisioneros de guerra. Estos primeros grilletes de metal eran rudimentarios, a menudo consistiendo en anillos fijos que no se ajustaban y podían causar serias lesiones.
Se menciona en el mito griego de Proteo, donde Aristóteles apresa a Proteo con lo que se describiría como esposas para obtener su don de la profecía.
Durante la época medieval, los grilletes de metal con bloqueos simples eran ampliamente utilizados en mazmorras y para el transporte de prisioneros. También se emplearon en galeras para mantener a los remeros encadenados a sus bancadas.
Durante mucho tiempo, la principal limitación de los grilletes era su falta de ajuste, lo que los hacía incómodos e ineficaces para diferentes tamaños de muñecas o tobillos.
Se considera a W.V. Adams como el verdadero inventor de las esposas policiales modernas. En 1862, Adams patentó el primer modelo de grillete ajustable. Su diseño incorporaba ranuras y un arco cuadrado que permitían la regulación de las anillas, solucionando el problema del ajuste.
Unos años más tarde, Orson Phelps produjo otra versión que colocaba las muescas en la parte interna del arco, lo que también contribuyó a mejorar el diseño.
Los grilletes tuvieron un papel prominente y trágico en la historia de la esclavitud, siendo utilizados para encadenar a millones de personas durante el transporte y el trabajo forzado.
Desde la antigüedad hasta la actualidad, los grilletes y esposas han sido esenciales para asegurar a los prisioneros durante su traslado fuera de las cárceles o penitenciarías.
En las galeras, donde a menudo se obligaba a condenados a remar, los grilletes eran una herramienta común para mantener a los remeros en sus puestos.
Han sido utilizados históricamente como un medio de control y, en ocasiones, como parte de métodos de tortura, aunque esto ha sido cada vez más regulado o prohibido en las leyes modernas.
Con el tiempo, el diseño de los grilletes y esposas ha evolucionado para ser más seguros, ergonómicos y eficientes para el uso de las fuerzas del orden. La invención de Adams sentó las bases para los modelos que conocemos hoy en día, que permiten un ajuste rápido y seguro.
Una curiosidad notable es que las esposas en la mayoría de los países utilizan llaves estándar, lo que se adoptó para evitar problemas en caso de pérdida de la llave.
Hoy en día existen diversos tipos de grilletes y esposas, incluyendo los de bisagra, de cadena, de plástico (bridas de seguridad), e incluso modelos con sistemas de doble bloqueo para evitar el ajuste excesivo o la manipulación. También se utilizan en conjunto con otros dispositivos de restricción, como cinturones de transporte o cajas de cobertura.
Además de los grilletes y las esposas, existen otros sistemas de contención que las unidades policiales y militares utilizan, especialmente en situaciones que requieren rapidez, ligereza o un uso desechable. Los más comunes son los lazos y las bridas de plástico tipo bridas (o "zip ties" en inglés).
Lazos de contención (o grilletes de lazo)
Estos son una evolución o tipo específico de los sistemas que estamos discutiendo. Se refieren a un tipo de grillete, generalmente de nailon o polímero resistente, que forma un lazo para inmovilizar a una persona.
Pueden ser
LAZOS DE UN SOLO USO (DESECHABLES)
Son los más comunes y se presentan como una tira de material resistente (como nailon de alta tenacidad) con un mecanismo de cierre que forma un lazo autoblocante.
FUNCIONAMIENTO
Se pasan alrededor de las muñecas (o tobillos) del individuo y se aprietan hasta asegurar la sujeción. Una vez cerrados, no se pueden abrir sin cortarlos, lo que los hace ideales para un solo uso.
VENTAJAS
LIGEROS Y COMPACTOS
Fácilmente transportables en grandes cantidades sin añadir mucho peso al equipo.
ECONÓMICOS
Su bajo coste permite que se utilicen de forma desechable, lo que es útil en detenciones múltiples o situaciones de emergencia
HIGIENE
Al ser de un solo uso, reducen el riesgo de contagios entre detenidos o entre el detenido y el agente.
RAPIDEZ
Permiten una sujeción muy rápida en situaciones de alto estrés.
DISCRETOS
Menos voluminosos que los grilletes metálicos, lo que los hace más fáciles de ocultar si es necesario para operaciones encubiertas.
DESVENTAJAS
UN SOLO USO
Requieren ser cortados para su liberación, lo que implica llevar una herramienta de corte específica (como alicates o una navaja).
POTENCIALES LESIONES
Si se aprietan en exceso, pueden causar lesiones en las muñecas, rozaduras o incluso afectar la circulación sanguínea. Es crucial la formación adecuada para su uso.
Menos resistentes a la manipulación: Aunque son muy resistentes a la tracción, un individuo con las habilidades y herramientas adecuadas podría intentar manipularlos o cortarlos, aunque esto es difícil en la práctica sin ser detectado.
LAZOS REUTILIZABLES
Existen algunas variantes de lazos de polímero que incorporan un mecanismo de apertura, a menudo con una llave de grillete universal. Son menos comunes que los desechables, pero ofrecen la ventaja de ser reutilizables.
Bridas de plástico tipo bridas ("Zip Ties")
Aunque el término "bridas de plástico" es genérico para muchos usos, en el contexto policial y militar, a menudo se refieren a versiones más robustas y específicamente diseñadas para la contención de personas, que esencialmente son una forma de "lazo de un solo uso".
CARACTERÍSTICAS
Son similares a las bridas que se usan para organizar cables, pero fabricadas con un polímero de alta resistencia (como nailon) y con un mecanismo de bloqueo más seguro para evitar aperturas accidentales. Algunas están diseñadas para formar dos lazos simultáneamente (una para cada muñeca).
USO
Muy utilizadas por unidades antidisturbios, militares en operaciones de campo y para el transporte de grandes grupos de detenidos, donde la rapidez y la economía son factores clave.
VENTAJAS Y DESVENTAJAS
Comparten muchas de las características de los lazos de un solo uso:
ligereza, bajo coste, rapidez de aplicación, higiene y la necesidad de una herramienta de corte para su retirada, así como el riesgo de lesiones si no se aplican correctamente.
Mientras que los grilletes y las esposas metálicas son los sistemas de contención estándar y reutilizables, los lazos y las bridas de plástico ofrecen una alternativa más ligera, económica y desechable, especialmente útil en situaciones que demandan despliegue rápido y en volumen. Sin embargo, su uso requiere formación para garantizar la seguridad del detenido y evitar posibles lesiones.
Los grilletes y esposas han pasado de ser simples ataduras a herramientas sofisticadas, siempre con el propósito fundamental de restringir el movimiento, pero evolucionando en diseño y funcionalidad a lo largo de los siglos.
Y no podemos olvidar su obvia connotación sexual, sirviendo como uno de los instrumentos básicos a la hora de realizar juegos en el transcurso de relaciones íntimas.
Hasta el día de hoy qué, siendo uno de los elementos clave en la dotación del Vigilante de Seguridad, como del resto de FCSE, nos ayuda y nos permite acometer acciones de control sobre diferentes situaciones de conflicto.
LA DETENCIÓN
En el caso de que una persona sea detenida por un vigilante de seguridad en España, la actuación se rige por los mismos principios fundamentales de legalidad y respeto a los derechos del detenido que cuando la detención la realiza la policía, aunque con algunas particularidades en cuanto a las facultades del vigilante.
FACULTADES DEL VIGILANTE DE SEGURIDAD PARA DETENER.
La Ley de Seguridad Privada (Ley 5/2014, de 4 de abril) y la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim) establecen que los vigilantes de seguridad están facultados para detener a una persona únicamente en los siguientes supuestos;
●Delito flagrante:
Cuando sorprenden a la persona cometiendo un delito en el momento.
●Intentar cometer un delito:
Cuando la persona intenta cometer un delito ante su presencia.
●Otros supuestos de la LECrim:
Los mismos supuestos en los que cualquier ciudadano puede detener a otra persona, recogidos en el artículo 490 de la LECrim:
●Al delincuente in fraganti.
●Al que se fugare de un establecimiento penal.
●Al que se fugare mientras fuere conducido al establecimiento.
●Al que se fugare estando detenido o preso por causa pendiente ante la autoridad judicial o en virtud de mandamiento de ésta.
●Al procesado o condenado en rebeldía.
ACTUACIÓN DEL VIGILANTE DE SEGURIDAD AL DETENER.
●Identificación;
El vigilante de seguridad debe identificarse como tal.
●Informar del motivo: Debe informar a la persona detenida de la razón de su detención de forma clara y comprensible.
●No interrogar:
El vigilante de seguridad no puede interrogar a la persona detenida, pero sí puede y debe recabar sus datos personales para comunicarlos a la autoridad competente.
●Puesta a disposición inmediata:
El vigilante de seguridad tiene la obligación de poner inmediatamente a la persona detenida a disposición de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad competentes (Policía Nacional, Guardia Civil, Policía Autonómica o Policía Local), junto con los efectos, instrumentos y pruebas del delito. Su función es la custodia temporal hasta la llegada de las autoridades.
●Proporcionalidad:
La detención debe ser proporcional a la infracción o delito cometido y limitarse al tiempo estrictamente necesario hasta la entrega a las autoridades.
DERECHOS DE LA PERSONA DETENIDA POR UN VIGILANTE DE SEGURIDAD.
La persona detenida por un vigilante de seguridad tiene los mismos derechos que si la detención la hubiera realizado directamente la policía, desde el momento de la detención;
●Derecho a ser informado de las razones de la detención.
●Derecho a guardar silencio y a no declarar contra sí mismo ni a confesarse culpable.
●Derecho a la asistencia de un abogado lo antes posible, que será gestionada por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad una vez que la persona sea puesta a su disposición.
●Derecho a comunicar su detención a un familiar o persona de su elección, también una vez que esté a disposición de las autoridades policiales.
●Derecho a ser examinado por un médico forense, si lo solicita o si las circunstancias lo requieren, una vez bajo custodia policial.
●Derecho a un trato digno y respetuoso.
●Derecho a recibir información en un idioma que entienda.
●Derecho a ser puesto en libertad o a disposición judicial en el plazo máximo de 72 horas desde el momento de la detención inicial (incluyendo el tiempo bajo custodia del vigilante), salvo las excepciones legales.
Un vigilante de seguridad tiene la facultad limitada de detener a una persona en casos de delito flagrante o en los supuestos en que cualquier ciudadano puede hacerlo. Su actuación principal tras la detención es la de poner inmediatamente al detenido a disposición de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, quienes se encargarán de continuar con el procedimiento legal, garantizando los derechos del detenido. No olvidemos nunca que el vigilante no puede interrogar a la persona detenida.
EJEMPLO DE SITUACION CON UN DETENIDO
No podemos, como profesionales, que debemos ser, el caer en fallos y cometer errores como éste.
En los centros comerciales existen los llamados cuartos de detención, lugares habilitados para gestionar cualquier tipo de incidencia que pueda darse con los clientes o con los mismos empleados. Estos espacios, en ocasiones cuentan incluso con cámaras de vídeo, para recoger las intervenciones realizadas por los vigilantes de seguridad.
En el caso de que estos centros por su reducido tamaño, no contaran con dicho espacio habilitado, podría usarse mismamente el despacho del gerente o encargado, que también podría valer a modo sustitutivo, y apurando la situación, incluso un cuarto de limpieza serviría a tal efecto.
Todo esto lo digo porque la Ley de Seguridad Privada (Ley 5/2014, de 4 de abril) y la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim), en su apartado sobre los derechos del detenido cita así;
"EL DETENIDO TIENE DERECHO A UN TRATO DIGNO Y RESPETUOSO."
No se puede dejar a un detenido, engrilletado, sentado en la entrada del centro comercial a la espera de las FCSE.
El detenido permanecería en el mismo lugar de la detención, si ofreciendo resistencia, hubiera que permanecer allí contenido hasta la llegada de las FCSE.
ENGRILLETAMIENTO
En España, la norma general para el engrilletamiento de una persona por parte de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y Seguridad Privada, establece que, siempre que sea posible y las circunstancias lo permitan, el engrilletamiento debe realizarse con las manos a la espalda (por detrás).
Esta es la posición más segura tanto para el agente como para el detenido, ya que reduce significativamente la capacidad de este último para autolesionarse, agredir al agente o a terceros, o intentar una fuga.
Sin embargo, existen supuestos excepcionales en los que, por diversas razones operativas o de seguridad, puede ser necesario o preferible engrilletar a una persona por delante. Estos supuestos suelen quedar a criterio y valoración de los agentes actuantes en el momento, basándose en los principios de necesidad y proporcionalidad.
Algunos de los supuestos en los que se podría considerar el engrilletamiento frontal incluyen:
Lesiones físicas del detenido:
Si la persona presenta lesiones evidentes o una discapacidad que impida o haga muy doloroso el engrilletamiento por la espalda (por ejemplo, luxación de hombro, fractura de brazo, etc.). En estos casos, la prioridad es garantizar la integridad física del detenido.
Estado de salud del detenido:
Cuando el detenido padece una condición médica que podría agravarse con el engrilletamiento posterior (por ejemplo, problemas respiratorios graves, obesidad mórbida que dificulte la respiración en posición boca abajo, etc.).
Embarazo avanzado:
En el caso de mujeres embarazadas, para evitar cualquier presión o molestia sobre el abdomen.
MENORES O PERSONAS VULNERABLES
En ocasiones, en el caso de menores de edad o personas con evidentes trastornos mentales o discapacidad intelectual, se puede optar por esta posición si se considera que es menos traumática o peligrosa, siempre y cuando el riesgo de agresión o fuga sea mínimo y esté controlado.
TRASLADOS ESPECÍFICOS:
En algunos tipos de traslados (por ejemplo, en ambulancias o vehículos adaptados donde la posición posterior no es viable o segura para el detenido), o durante periodos muy cortos donde se requiere cierta movilidad controlada y bajo vigilancia constante.
Riesgo mínimo y control total:
En situaciones donde el agente evalúa que el riesgo de fuga, agresión o autolesión es prácticamente inexistente y el detenido está bajo control absoluto y constante supervisión (aunque esta es una situación muy excepcional para engrilletar por delante inicialmente).
CONDICIONES OPERATIVAS
EXTREMAS
Aunque no es lo habitual, en situaciones de máxima urgencia o con espacio muy reducido, donde la prioridad es la inmovilización inmediata y segura, y no hay tiempo para la posición posterior.
Es importante destacar que, incluso en estos casos, la decisión de engrilletar por delante siempre debe estar justificada y revisarse continuamente. El objetivo primordial del engrilletamiento es garantizar la seguridad de todos los implicados y evitar daños, y la elección de la posición (delante o detrás) debe ser la que mejor cumpla ese objetivo en cada circunstancia particular.
La formación policial y de Seguridad Privada enfatiza la posición de engrilletamiento posterior como la más segura, y la frontal es una excepción que debe aplicarse con criterio y justificación.
EL DETENIDO ENGRILLETADO
La imagen de un detenido engrilletado o esposado evoca una serie de reflexiones importantes sobre los derechos humanos, el procedimiento legal y la percepción pública.
PRESUNCIÓN DE INOCENCIA
A pesar de estar engrilletado, una persona detenida sigue gozando del derecho fundamental a la presunción de inocencia. Esto significa que legalmente se le considera inocente hasta que se demuestre lo contrario en un juicio y se dicte una sentencia firme. Los grilletes son una medida de seguridad o contención, no una prueba de culpabilidad.
MEDIDA DE SEGURIDAD VS. CASTIGO
Los grilletes se utilizan como una medida de seguridad para prevenir la fuga, evitar la agresión o proteger al propio detenido. No deben ser empleados como un castigo anticipado o una forma de humillación. Su uso debe ser proporcional y necesario dadas las circunstancias.
DERECHOS DEL DETENIDO
Incluso engrilletada, la persona detenida mantiene una serie de derechos inalienables. Estos incluyen el derecho a ser informado de los motivos de su detención, a guardar silencio, a no declarar contra sí mismo, a un abogado, y a un trato digno y respetuoso. Cualquier abuso o trato inhumano es una violación grave de estos derechos.
IMPACTO PSICOLÓGICO Y SOCIAL
Ser visto engrilletado puede tener un profundo impacto psicológico en la persona detenida, generando estrés, ansiedad y un sentimiento de vulnerabilidad. A nivel social, puede influir en la percepción pública, asociando de inmediato la imagen con la criminalidad, incluso antes de cualquier proceso judicial. Es un recordatorio de la delgada línea entre la sospecha y la culpabilidad.
TRANSPARENCIA Y RENDICIÓN DE CUENTAS
La existencia de protocolos claros para el uso de grilletes y la supervisión de su aplicación son esenciales para asegurar la transparencia y la rendición de cuentas por parte de las autoridades. Esto ayuda a prevenir abusos y a garantizar que los procedimientos se ajusten a la ley y a los estándares de derechos humanos.
La figura del detenido engrilletado nos invita a reflexionar sobre el delicado equilibrio entre la necesidad de seguridad y el respeto por los derechos fundamentales de las personas, incluso cuando están bajo custodia.
DISTANCIA DE SEGURIDAD FÍSICA AUNQUE EL DETENIDO ESTÉ ENGRILLETADO
MANTENER LA DISTANCIA DE SEGURIDAD AL TRATAR CON UN DETENIDO, INCLUSO CUANDO ESTÁ ESPOSADO, ES CRUCIAL POR VARIAS RAZONES DE SEGURIDAD Y TÁCTICA.
1.SEGURIDAD DEL OPERADOR Y TERCEROS
Aunque un detenido esté esposado, no significa que haya desaparecido la amenaza. Las esposas restringen el movimiento de las manos, pero no eliminan la capacidad de un individuo para
atacar con otras partes del cuerpo. Patadas, cabezazos, empujones o el uso del peso corporal para desequilibrar al operador.
Armas ocultas:
Podría tener objetos pequeños (cuchillas, punzones, etc.) ocultos en la ropa, el calzado o el propio cuerpo, que aún podría intentar usar.
Movimientos inesperados:
Un intento repentino de fuga, aunque sea torpe, puede generar un forcejeo en el que el operador puede resultar herido o perder el control de la situación.
FLUÍDOS CORPORALES
Mantener la distancia también minimiza el riesgo de exposición a saliva, sangre u otros fluidos corporales si el detenido intenta escupir o toser intencionadamente.
2.CONTROL DE LA SITUACIÓN Y PERCEPCIÓN
Mantener una distancia adecuada permite al operador:
Mayor tiempo de reacción:
Si el detenido intenta un movimiento hostil, tener espacio permite al operador reaccionar, evadir o neutralizar la amenaza de manera más efectiva.
VISIÓN PERIFÉRICA
Permite una mejor visión de todo el entorno, no solo del detenido, lo que es vital para detectar amenazas adicionales o la presencia de cómplices.
VENTAJA TÁCTICA
Demuestra control y profesionalismo, lo que puede ayudar a disuadir cualquier intento de resistencia o agresión. La proximidad excesiva puede ser percibida como una debilidad o una invitación a un forcejeo.
3. REDUCCIÓN DE RIESGOS LEGALES
En caso de un incidente, mantener la distancia de seguridad puede ser un factor importante.
NOTA LEGAL:
Si un operador se acerca demasiado y el detenido intenta agredir, la necesidad de usar la fuerza para repeler la agresión podría ser evaluada en un contexto diferente si la distancia no era la apropiada. Mantener la distancia reduce la oportunidad de incidentes que puedan generar reclamaciones por uso excesivo de la fuerza.
La distancia de seguridad es una medida preventiva fundamental que forma parte de la táctica básica en personal de Seguridad Privada y FCSE.
Asegura la integridad física del operador, el control de la situación y reduce riesgos innecesarios, incluso cuando el detenido parece estar inmovilizado.
MANTENER LA DISTANCIA DE SEGURIDAD AL TRATAR CON UN DETENIDO.
Mantener una distancia de seguridad física y emocional adecuada al tratar con un detenido es crucial por varias razones fundamentales, tanto para la seguridad del personal como para el manejo apropiado de la situación.
Seguridad personal:
Es la razón primordial. un detenido puede ser impredecible. mantener una distancia permite reaccionar a tiempo ante un posible intento de agresión, fuga o cualquier movimiento inesperado. reduce el riesgo de ser golpeado, agarrado o desarmado.
Control de la situación:
La distancia proporciona un espacio de maniobra necesario. permite observar completamente los movimientos del detenido, su lenguaje corporal y posibles amenazas ocultas. esto facilita el control efectivo sin tener que recurrir inmediatamente a la fuerza física.
Reducción de la escalada:
Acercarse demasiado puede ser percibido como una amenaza o provocación por parte del detenido, lo que potencialmente puede escalar la tensión. mantener una distancia prudente puede ayudar a desescalar la situación y facilitar la comunicación.
Prevención de la contaminación de evidencias:
En ciertos casos, una excesiva proximidad puede llevar a la contaminación accidental de evidencias en el detenido o en el entorno cercano. mantener una distancia permite a los agentes cumplir con los protocolos forenses.
Profesionalidad e imparcialidad:
La distancia también refuerza la imagen de profesionalidad e imparcialidad de los agentes ya que evita cualquier percepción de abuso, hostigamiento o trato demasiado familiar que pueda comprometer el proceso. No es solo física, sino también una distancia emocional que permite un trato objetivo.
Protección legal:
En caso de incidentes, haber mantenido una distancia adecuada puede ser un factor importante para demostrar que se actuó con diligencia y según los protocolos establecidos, protegiendo así al personal de posibles reclamaciones o acusaciones.
Mantener la distancia de seguridad con un detenido no es un signo de miedo, sino una práctica estándar basada en la prudencia, la seguridad y el profesionalismo, esencial para gestionar eficazmente y de forma segura cualquier encuentro.
Solo me queda añadir, y lo voy a hacer a modo de anécdota, lo que me dijo mi instructor de GRAPPLING POLICIAL.
"Solo existen dos maneras de engrilletar;
El cliente colabora o el cliente no colabora".
DIGNIFIQUEMOS NUESTRA PROFESIÓN TRABAJANDO Y DEMOSTRANDO SER PROFESIONALES.
HAGÁMOSLO DESDE UN ENFOQUE CLARO Y REALISTA, PARA NO CONFUNIR A NADIE.
ASI ES QUÉ FÓRMATE PARA QUE NADA TE PILLE POR SORPRESA
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