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Mostrando entradas de junio, 2023

LOS MENORES EN CONFLICTOS ARMADOS.

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LOS MENORES EN CONFLICTOS ARMADOS. SITUACIÓN INTERNACIONAL. El protocolo facultativo de la convención sobre los derechos del niño relativo a la participación de niños en los conflictos armados, e n sus dos primeros artículos dictamina; Artículo 1 Los Estados Partes adoptarán todas las medidas posibles para que ningún miembro de sus fuerzas armadas menor de 18 años participe directamente en hostilidades. Artículo 2 Los Estados Partes velarán por que no se reclute obligatoriamente en sus fuerzas armadas a  ningún menor de 18 años. Se calcula que en el mundo existen hoy  alrededor de 300.000 menores de 18 años  combatiendo en 35 conflictos armados  del mundo. Muchos de ellos son reclutados por ley, otros son secuestrados o sufren  presiones para alistarse. El reclutamiento de menores constituye un crimen de guerra contenido en el Estatuto de la Corte Penal Internacional, en su Artículo 8-XXVI; -Reclutar o alistar a niños menores de 15 años en...

LEGÍTIMA DEFENSA

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La legítima defensa en el Código Penal La legítima defensa es una causa de exclusión de la antijuricidad. Es decir, es una  causa eximente de  responsabilidad penal  que se aplica cuando  se realiza una acción punible para impedir o repeler una agresión  ilegítima a una persona o a derechos, ya sean propios o ajenos. Definición de legítima defensa Según el artículo 20.4º del Código Penal, la legítima defensa es una eximente de responsabilidad penal que consiste en  cometer una acción punible cuando se obre en defensa de una persona o de derechos propios o ajenos . La consecuencia de la aplicación de la eximente de la legítima defensa es la  absolución del acusado . Es decir, la legítima defensa es una causa que justifica una conducta contraria a derecho, de forma que  se exonera de responsabilidad a su autor cuando actúe en defensa de la persona o de derechos  siempre que exista una agresión ilegítima previa. Dependiendo de ...